Ante la desprotección que significa no contar aún con una ley de presupuestos mínimos para la protección de Humedales que el Congreso cajonea una y otra vez desde hace años, la Corte Suprema de Justicia de la Nación entregó una buena noticia al rechazar una sentencia de la justicia entrerriana que iba en contra de la protección de esos ecosistemas que cubren casi un cuarto del territorio argentino.
Con la firma de los jueces Elena Highton de Nolasco, Juan Carlos Maqueda, Ricardo Lorenzetti y Horacio Rosatti la Corte dejó sin efecto la semana pasada una sentencia del Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos que rechazaba un amparo interpuesta por un vecino de Gualeguaychú que pedía que cesara la construcción de un proyecto inmobiliario en la ribera del río Gualeguaychú.
Argumentos
Para la Corte “se produjo una alteración negativa del ambiente” al tiempo que destacó la importancia del cuidado de las cuencas hídricas y de los sistemas de Humedales.
Para la Corte el Estado debe garantizar el derecho a vivir en un ambiente sano (art. 41 de la Constitución Nacional y art. 22 de la Constitución Provincial) y garantizar la aplicación de los principios de sustentabilidad, precaución, prevención, utilización racional, de equidad intergeneracional, progresividad y responsabilidad (art. 83 Constitución de la Provincia).
Además, para la Corte la justicia entrerriana “no tuvo en cuenta que la provincia tiene a su cargo la gestión y uso sustentable de las cuencas hídricas y los sistemas de humedales (art. 85 Constitución Provincial)” ni que los Humedales “cumplen una función vital en materia de control de crecidas e inundaciones, protección de tormentas, recargas de acuíferos y retención de sedimentos y agentes contaminantes”
El caso
La acción judicial comenzó tras un amparo presentado por un grupo de vecinos afectados que pedían que parara el emprendimiento inmobiliario llamado Barrio Náutico Amarras de Gualeguaycú, que tiene 445 lotes para construir 200 unidades departamentales y un hotel de 150 habitaciones lindero al parque Unzué.
La empresa demandada comenzó a trabajar con antelación a la declaración de impacto ambiental haciendo movimientos de suelo que fueron constatados por la secretaria de Ambiente de la Provincia. En ese contexto desde la dirección de Hidráulica compartieron un informe técnico que señala que existía una afectación en el valle de inundación así como la existencia de una “reserva de los pájaros” según ley provincial 9.718 que a su vez declara área natural protegida a los Humedales del departamento de Gualeguaychú.